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11 de Marzo de 2010
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Ventas Promocionales

Son aquellas actividades que realizan los comerciantes para promocionar su establecimiento o determinados productos para conseguir un aumento de las ventas y/o finalizar o liquidar existencias, ya sea en su totalidad o por tratarse de prendas de temporada, utilizando como medio las reducciones de precio, obsequios, etc..

Estas actividades de promoción de venta son:
  • Venta en Rebajas.
  • Venta de Saldos
  • Venta en Liquidación
  • Venta con Descuento
  • Venta con Obsequio
Para poder utilizar cualquiera de estas denominaciones, las promociones que se realicen deberán ajustarse a las características previstas legalmente para cada una de ellas, estando prohibido el uso irregular o inadecuado.

Los comerciantes tienen la obligación de comunicar (Ver Modelo de Comunicación de Ventas Profesionales) a la Consejería de Economía y Hacienda la realización de cualquiera de estas ventas con una antelación mínima de 15 días, si la promoción supera la cuarta parte de los artículos a la venta en el establecimiento.

Regulación
- Ley 1/2002, de 26 de febrero, del Comercio de Cantabria (BOC de 6 de marzo): Título III de esta norma, en el que se regulan las Actividades de Promoción de Ventas)

Descarga de archivos

archivo de tipo pdfPERÍODOS DE REBAJAS Y DOMINGOS DE APERTURA AUTORIZADA (PDF 17,62 KB). 

Ver también


Modelos y Formularios
marcadorModelo Comunicación Ventas Promocionales
Normativa
marcadorLey del Comercio de Cantabria 1/2002 de 26 de febrero.