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06 de Septiembre de 2008
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D.G. de Tesorería, Presupuestos y Política Financiera

Las competencias genéricas de la Dirección General de Tesorería, Presupuestos y Política Financiera son las establecidas en la Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Específicamente le corresponden las competencias siguientes:

1) El manejo y custodia de todos los fondos y valores de la Comunidad Autónoma.

2) La recaudación de los ingresos de la Comunidad Autónoma de Cantabria, así como el pago de sus obligaciones.

3) La dirección y control de los presupuestos de la Administración, que comprende, entre otras funciones, la elaboración del anteproyecto de la Ley anual.

4) Análisis, seguimiento y evaluación del presupuesto y estudio y formulación de medidas correctoras.

5) La programación de medidas en materia de Política Financiera, así como de las operaciones financieras de Tesorería; el control de las entidades de ahorro y de las mutualidades de previsión social no integradas en la Seguridad Social establecidas en el Real Decreto 1.905/1996,de 2 de agosto; la elaboración de propuestas de crédito a concertar, la gestión de operaciones de aval y control de disposiciones y vencimientos y su programación.

Esta Dirección General se estructura orgánicamente en cuatro unidades con nivel orgánico de Servicio:

a) Servicio de Presupuestos.

b) Servicio de Pagos y Valores.

c) Servicio Ingresos Presupuestarios.

d) Servicio de Política Financiera.
Funciones:

a) El Servicio de Presupuestos ejercerá el máximo asesoramiento al Director General de Tesorería, Presupuestos y Política Financiera, en asuntos relacionados con la preparación, seguimiento y control del presupuesto, estableciendo objetivos e indicadores, analizando aquéllos y evaluando éstos. Coordinará la elaboración del ante proyecto de Ley de Presupuestos, la consolidación de sus estados, así como la elaboración de los anexos que deban acompañar a aquéllos, informando y tramitando, asimismo, las propuestas de modificaciones presupuestarias así como las obligaciones plurianuales.

b) Servicio de Pagos y Valores tendrá encomendadas entre otras la gestión y custodia de todos los fondos y valores de la Comunidad Autónoma; la centralización de todos los caudales y valores generados por operaciones presupuestarias y extra presupuestarias; la elaboración de un plan de pago de las obligaciones así como el pago de éstas.

c) El Servicio de Ingresos Presupuestarios llevará acabo las funciones de: elaboración del plan de ingresos de la Comunidad Autónoma, la recaudación de los mismos; la gestión de la recaudación voluntaria de los derechos económicos que sean competencia de la Dirección General de Tesorería, Presupuestos y Política Financiera, así como informar las memorias económico-financieras de las Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma.

d) El Servicio de Política Financiera tendrá atribuido el asesoramiento en materia de política financiera, el control de las entidades de ahorro, el estudio, informe y propuesta de créditos a concertar y el control de disposiciones y vencimientos y su programación y la gestión de las operaciones de aval. Asimismo, le corresponderá el ejercicio de las competencias de materia de Cajas de Ahorro y Mutualidades de Previsión Social de la Comunidad Autónoma de Cantabria.