Corresponden a la Dirección General de Hacienda la gestión, liquidación, recaudación, inspección y revisión, en su caso, de los tributos cedidos tal como establece el Real Decreto 1668/1986, de 6 de junio, Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados e Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, y la gestión de tributos locales de competencia municipal; así como la realización de propuestas normativas en competencias que tiene atribuida esta comunidad en materia tributaria.